Otros

En cuanto al impuesto municipal (jūmin zei), tenga presente los siguientes puntos:

  1. Deberá abonarlo a la municipalidad donde reside/residía a fecha de 1 de enero del año en curso. Incluso si ha abandonado Japón a partir del 2 de enero, estará obligado a pagarlo.
  2. Si ha abonado el impuesto con el sistema de recaudación especial  y abandona un puesto de trabajo, por regla general deberá pagar el monto no pagado por recaudación ordinaria. El pago también será posible a través del sistema donde el empleador le retiene la cantidad a abonar de su salario o pensión de retiro y paga el impuesto a la municipalidad.
  3. En caso de no poder abonar el impuesto municipal antes de volver a su país de origen, deberá contratar a un administrador o gestor económico residente en Japón e informar de ello a la municipalidad donde reside.

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