Otros
En cuanto al impuesto municipal (jūmin zei), tenga presente los siguientes puntos:
- Deberá abonarlo a la municipalidad donde reside/residía a fecha de 1 de enero del año en curso. Incluso si ha abandonado Japón a partir del 2 de enero, estará obligado a pagarlo.
- Si ha abonado el impuesto con el sistema de recaudación especial y abandona un puesto de trabajo, por regla general deberá pagar el monto no pagado por recaudación ordinaria. El pago también será posible a través del sistema donde el empleador le retiene la cantidad a abonar de su salario o pensión de retiro y paga el impuesto a la municipalidad.
- En caso de no poder abonar el impuesto municipal antes de volver a su país de origen, deberá contratar a un administrador o gestor económico residente en Japón e informar de ello a la municipalidad donde reside.